Ayudas e incentivos para contratar a trabajadores con discapacidad

Asesores Laboral: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores

¿Quieres ampliar el equipo de trabajadores de tu empresa en septiembre? Hoy os hablamos de las ayudas e incentivos que existen para impulsar la contratación de profesionales con discapacidad.


Antes de nada, debes saber que para poder solicitar las subvenciones, bonificaciones y/o ventajas fiscales disponibles para la contratación de personas con discapacidad, la empresa debe cumplir con una serie de requisitos:

  • El trabajador con discapacidad contratado no puede haber tenido vínculo con la empresa o grupo de empresas en los 24 meses anteriores a través de un contrato similar.
  • La empresa debe comprometerse a proporcionarle estabilidad en el empleo por un mínimo de 12 meses (en caso de contratos temporales) y por un mínimo de 3 años (en caso de contratos indefinidos).
  • Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • El trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo.
  • El trabajador debe tener una discapacidad reconocida por el organismo competente, con un grado igual o superior al 33%, o ser pensionista de la Seguridad Social y que tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o ser pensionista de clases pasivas que tenga reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Para que puedas entender mejor las bonificaciones y ayudas vigentes para este tipo de contrataciones, desde OYA Abogados & Asesores os hemos preparado una infografía en la que os detallamos brevemente los datos más importantes.


ayudas e incentivos para la contratación de personas con discapacidad


Incentivos económicos para la contratación de personas con discapacidad:

Todas las empresas que contraten personas con discapacidad, incluidas las que no están obligadas por ley, pueden beneficiarse de ayudas en la contratación. Estas bonificaciones y/o incentivos dependen del tipo de contrato que se realice. De este modo, los que suponen mayores ventajas son los siguientes:

  • Para contratos indefinidos

La contratación de personas con discapacidad tiene unas bonificaciones/reducciones con respecto a la contratación general de la cuota empresarial a la Seguridad Social. Dependiendo de si son mayores o menores de 45 años, del tipo de discapacidad, así como del grado, o del sexo de la persona contratada; la cuantía de las bonificaciones variará, situándose entre los 4.500 y los 6.300 euros al año.

A estos incentivos se le podrá sumar la deducción de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades en la cantidad de entre 9.000 y 12.000 euros por cada trabajador contratado según los límites establecidos en la Ley, siempre que suponga un incremento del promedio de trabajadores con discapacidad en la plantilla.

  • Para contratos temporales

En este caso, como en el anterior, la bonificación variará dependiendo del tipo y grado de la discapacidad, la edad o el sexo de la persona contratada; oscila entre los 3.500 y los 5.300 euros al año.

  • Para contratos a tiempo parcial

En el caso de las empresas que contraten personas con discapacidad a tiempo parcial, la bonificación dependerá del número de horas o jornada laboral que realicen. Partiendo de una deducción total del 100% cuando la jornada laboral sea igual o superior a las tres cuartas partes de la jornada a tiempo completo, y de un 25% cuando sea inferior al 25% de la jornada a tiempo completo.

  • Para contrataciones realizadas por Centros Especiales de Empleo

La bonificación económica en estos casos es del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social, incluidas las de accidente de trabajo, enfermedad profesional y cuotas de recaudación conjunta.

Incentivos económicos para la accesibilidad y la adaptación de puestos de trabajo:

La empresa que contrate a personas con discapacidad podrá beneficiarse de Ayudas públicas para la Adaptación de Puestos de Trabajo y/o Eliminación de Barreras Arquitectónicas. Estas ayudas consistirán en una cantidad de hasta 901,52 € para las contrataciones indefinidas, transformaciones a indefinido, contratos formativos y de prácticas y contratos temporales con duración superior a 12 meses.

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