Asesor Fiscal en Granada: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores
Como os comentábamos en artículos anteriores, estamos inmersos en la tramitación y presentación del Impuesto sobre Sociedades, por lo que hoy os detallamos el tipo de gravamen que corresponde, según el régimen de tributación aplicable a cada entidad declarante.
Los tipos de gravamen vigentes para los períodos impositivos iniciados dentro del año 2015 son:
- Tipo general: 28%
- Entidades de nueva creación excepto que tributen a un tipo inferior, aplicarán esta escala el primer período con BI positiva y el siguiente: 15%
- Entidades con cifra negocio menor de cinco millones de euros y plantilla menor de 25 empleados: 25%
- Empresas de Reducida Dimensión cuya cifra negocio sea menor a 10 millones de euros, excepto que tributen a tipo diferente del general: a) Parte de BI hasta 300.000 euros: 25%. b) El resto: 28%
- Mutuas de seguros generales y mutualidades de previsión social: 25%
- Sociedades garantía recíproca: 25%
- Colegios profesionales, cámaras oficiales y sindicatos de trabajadores: 25%
- Entidades sin fines lucrativos que no reúnen requisitos Ley 49/2002: 25%
- Fondos de promoción de empleo: 25%
- Uniones y confederaciones de cooperativas: 25%
- Entidad de derecho público Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias: 25%
- Comunidades titulares de montes vecinales en mano común: 25%
- Partidos políticos: 25%
- Sociedades cooperativas de crédito y cajas rurales: a) Resultado cooperativo: 28%. b) Resultado extracooperativo: 30%
- Cooperativas fiscalmente protegidas: a) Resultado cooperativo: 20%. b) Resultado extracooperativo: 28%
- Sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario: a) En general: 0%. b) Según gravamen especial sobre dividendos distribuidos a socios con participación en capital social igual o superior al 5 % y dichos dividendos, en sede de socio, están exentos o tributan a tipo inferior al 10%: 19%
- Entidades sin fines lucrativos que sí cumplen Ley 49/2002: 10%
- Entidades de la Zona Especial Canaria: 4%
- SICAV con determinadas condiciones indicadas en art. 29.4 LIS que remite a la Ley 35/2003 de Instituciones de Inversión Colectiva: 1%
- Fondos de inversión de carácter financiero con determinadas condiciones indicadas en art. 28.5.b. del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades: 1%
- Sociedades y fondos de inversión inmobiliaria con determinadas condiciones indicadas en art. 29.4 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades: 1%
- Fondo de regulación del mercado hipotecario: 1%
- Fondos de pensiones: 0%
- Entidades dedicadas a exploración, investigación y explotación de yacimientos de hidrocarburos y otras actividades reguladas en Ley 34 /1998: 33%
- Entidades de crédito: 30%
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