Subvención para la puesta en funcionamiento de proyectos empresariales programa INNOVACTIVA 6000: Nuevo Artículo de Oya Abogados & Asesores 

La Junta de Andalucía ha publicado unas nuevas subvenciones dirigidas a la puesta en funcionamiento de proyectos empresariales.

Podrán ser destinatarios de estas subvenciones las personas mayores de 18 años y hasta los 35 (inclusive) que sean andaluces o residan en Andalucía y que hayan finalizado sus estudios universitarios oficiales o de Formación Profesional. Además, no se puede haber sido beneficiario de esta misma ayuda en años anteriores o haber renunciado a la misma.

El importe máximo de la subvención será de 6.000 euros y el plazo de presentación hasta el próximo 27 de mayo.


Las ayudas irán dirigidas para una de las siguientes actuaciones:

1.- Constitución de una empresa:

En este supuesto, debe haber, además, al menos un socio con edad comprendida entre 18 y 35 años.

En esta línea serán subvencionables los gastos de elevación a público de la constitución de la empresa y su inscripción en el Registro Mercantil; así como los gastos de inversión de mobiliario, maquinaria, equipos informáticos, softwares, leasing, propiedad industrial, etc.

2.- Constitución como empresario o profesional autónomo:

En este caso sólo serán subvencionables los gastos de inversión en inmovilizado material e intangible (mobiliario, maquinaria, software, aplicaciones, equipos, leasing, etc.).

Será imprescindible no haber estado de alta en el régimen de autónomos durante el año anterior; lo que se acreditará mediante informe de vida laboral.

*En ninguna de ambas actuaciones serán subvencionables gastos de naturaleza corriente, como cuotas de la seguridad social, sueldos o retribuciones.*

 

En la solicitud se debe indicar una fecha aproximada de inicio de constitución de la empresa o de autónomo (que deberá estar comprendida entre la fecha de la entrada en vigor de la convocatoria y el 31 de diciembre de 2019).

Desde esa fecha , el solicitante tiene seis meses para constituir la sociedad, o tres meses para constituirse como empresario individual autónomo e iniciar la actividad empresarial.

 


Tal y como se establece en la Convocatoria, los criterios de valoración son los siguientes:

a) Proyectos y formación del solicitante que se valorarán con 80 puntos como máximo, desglosados en:

1. Que la actividad empresarial que se pretende poner en marcha esté relacionada con alguna de las siguientes especialidades: 25 puntos

– Movilidad y Logística.
– Industria avanzada vinculada al transporte.
– Recursos endógenos de base territorial. – Turismo, cultura y ocio. – Salud y bienestar social.
– Agroindustria y alimentación saludable.
– Energías renovables, eficiencia energética y construcción sostenible.
– TIC y Economía digital.

2. Proyectos que desarrollen patentes I+D+I de las Universidades Andaluzas: 20 puntos

3. Proyectos aprobados por cátedra de emprendedores, aulas de emprendedores o departamentos similares: 15 puntos

4. Que el solicitante esté en posesión de otras titulaciones oficiales, iguales o superiores a las establecidas en las bases como requisito para poder ser beneficiarios de estas subvenciones: 10 puntos.

5. Carácter innovador y originalidad del proyecto: 5 puntos.

6. Conocimiento del mercado en relación con su proyecto y coherencia general del Plan de Empresa: 5 puntos.

 

b) Proyectos con expectativa de generación de empleo: 5 puntos

c) Proyectos sostenibles con el medio ambiente: 5 puntos

d) Proyectos cuyos promotores cumplan con criterios de paridad de género o que desarrollen actuaciones que incluyan la perspectiva de género: 5 puntos

e) Proyectos que desarrollen actuaciones que incluyan la perspectiva de la discapacidad: 5 puntos.

** Además de cumplimentarse los Anexos y acreditar las características del solicitante, habrá que presentar un Informe de Viabilidad del proyecto realizado por la Fundación Pública Andaluza «Andalucía Emprende» a través de la red de CADE.


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