Asesores Declaración de la Renta: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores

 

En la entrevista de hoy nuestro compañero José Carlos Moreno nos explica todos los puntos que debemos considerar a la hora de presentar la Declaración de la Renta si en el ejercicio 2018 ha fallecido nuestro padre o nuestra madre.


 
 

En el año 2018, falleció mi padre, el siempre realizaba la declaración de la renta,¿debo de tener en cuenta alguna particularidad a la hora de realizar la presentación?

 

Existen varias particularidades, que debemos de tener en cuenta a la hora de realizar la presentación de la misma:

1.- El periodo impositivo será inferior al año natural, debiendo establecer la fecha de fallecimiento y devengándose en ese momento el impuesto.

2.- El plazo legal de presentación es coincidente con el resto.

3.- Los límites y cuantías que se establecen con carácter general en la normativa del impuesto no se prorratean, aplicándose la totalidad del mínimo personal y mínimo familiar, en su caso.

4.- La modalidad de presentación deberá ser  individual. Además los sucesores, en caso de cantidad a devolver deberán presentar un modelo de solicitud de devolución para que la administración proceda a la devolución así como una serie de documentación complementaria.

 


En el año 2010 falleció mi padre, obteniendo el usufructo vitalicio de la propiedad mi madre, y yo nudo propietario; posteriormente en el año 2016, falleció mi madre cancelándose el usufructo vitalicio y pasando a tener el pleno dominio de la propiedad, en el año 2018 he vendido la propiedad. ¿Cómo calculo el beneficio o pérdida por la venta de la propiedad?

 

En este caso, solo tenemos una única variación patrimonial. Las fechas de adquisición será el año 2010, y tomando como valor de adquisición el valor total de la propiedad establecido en la liquidación del impuesto sobre sucesiones y donaciones más los gastos e impuesto incurridos en la liquidación y aceptación de la herencia.

La fecha de cancelación del usufructo en este caso no supone variación y/o alteración patrimonial. Para el cálculo del ingreso tendremos que tener en cuenta el valor de venta del inmueble menos los gastos incurridos en la venta.


Este año, cuenta con nuestros asesores especializados en la tramitación y presentación de la Renta. ¡No te compliques! Hacemos la Declaración de la Renta por ti. Aprovéchate de nuestras tarifas y deja tu Renta 2018 en nuestras manos. Nos encargamos de confeccionar tu declaración estudiando la opción más beneficiosa para ti y aplicando el máximo de deducciones posibles. ¡Pregúntanos sin compromiso!

 

¿Tienes dudas? Ponte en contacto con nuestros compañeros del Departamento Fiscal. Llámanos al 958 094 400 o visítanos en nuestras oficinas de Camino de Ronda, número 133. Estaremos encantados de ayudarte.

 

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