Asesor Fiscal Granada: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores

Conoce las claves a tener en cuenta para reducir al máximo tus costes de IVA

Esta semana finaliza el plazo para presentar las retenciones e ingresos a cuenta, así como el IRPF de empresarios y profesionales, la autoliquidación y la declaración informativa del IVA del trimestre. Por ello, y para darte algunas pistas que te ayuden a reducir tus gastos, nuestro compañero José Carlos Moreno, Consultor y Economista, nos da algunas pautas para lograr ahorrar en el pago del IVA de cada trimestre.


Cada tres meses los empresarios y profesionales deben recopilar todas las facturas recibidas y emitidas y  prever los impuestos a pagar. A lo largo de este artículo analizamos los requisitos  que deben tener los gastos para poder practicar la deducción del IVA soportado e intentar conseguir el máximo ahorro posible.

Con carácter general, para que  un IVA soportado sea fiscalmente deducible es necesario que,  se cumplan tres requisitos: i) Vinculación, ii) Justificación, iii) Registro.

Vinculación a la actividad económica:

La deducibilidad del IVA  está condicionada con el “principio de correlación” con los ingresos, de tal forma que el gasto que origina el IVA soportado debe de ser considerado un gastos necesario para el desarrollo de la actividad y para la obtención de ingresos.

Justificación: Factura

La factura deberá contener la siguiente información: fecha , número , razón social completa del emisor y receptor, NIF de ambas partes, domicilio del obligado y del destinatario, descripción de la operación, detalle del tipo impositivo aplicado y en caso de que la operación este exenta, no lleve IVA, referencia a la fundamentación.

Las facturas electrónicas, que son aquellos documentos tributarios que generados por medios informáticos y en formato electrónico, sustituyen al papel tradicional (compra on line, mantenimiento de páginas web, gestión de dominios, etc.), serán también válidas.

Para que una factura sea válida, no necesitamos que adopte ningún modelo específico, vale cualquiera, pero sí ha de contener los datos y requisitos que hemos relacionado.

No serán válidas las facturas incompletas y las simplificadas.

Registro de las facturas en los libros obligatorios: 

El IVA soportado debe estar detallado, en función de una serie de parámetros y de una normativa. En un registro de facturas recibidas, con carácter obligatorio, deben tener al día todas las personas físicas o jurídicas que realicen una actividad económica.

Es importante recordar, en referencia a la posibilidad de la deducción parcial de las facturas como por ejemplo de agua, luz, teléfono, Internet o teléfono móvil; derivado de los gastos del desarrollo de la actividad económica en el domicilio familiar; que,  de acuerdo con la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, cuando adquirimos un bien o servicio que no se afecta  directa y exclusivamente a su actividad empresarial o profesional, las cuotas soportadas no podrán ser deducidas en ninguna medida ni cuantía, salvo que se trate de bienes de inversión.

El año pasado una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, falló a favor de una posible deducción parcial del gasto derivado de agua y luz, siendo extrapolable al IVA,  esta resolución abre la puerta a posibles cambios en  la Ley de IVA.


Recuerda que si necesitas asesoramiento para tu empresa, en OYA Abogados & Asesores contamos con un equipo de consultores especializados en cada una de las áreas que te ayudará a llevar al día todas tus facturas y te asesorarán y guiarán para reducir al máximo el coste de los pagos en tus obligaciones fiscales. Llámanos al 958 094 400 o visítanos en nuestras oficinas de Camino de Ronda número 133.

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