El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado sábado  el real decreto ley, aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros, que recoge el adelanto de la rebaja del IRPF así como otras medidas de carácter económico. El Gobierno, que ha aprobado la nueva tarifa del IRPF, ha indicado que ésta tendrá efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2015.

Nuestra compañera María José Vallejo, Técnico Superior Contable en Oya Abogados & Asesores, nos habla hoy sobre qué supone para los autónomos esta medida y cómo afecta a las rentas del ahorro.

Menor retención para los autónomos

La retención que sufren los autónomos también se rebajará a partir de este año. El Consejo de Ministros dio el visto bueno a fijar con carácter general en el 15% el tipo de retención que pagan estos profesionales. Además, el real decreto también contempla que el tipo de retención del 9% que aplican los autónomos durante los tres primeros años de inicio de una actividad se reduzca al 7%.

Rebaja para las rentas del ahorro

La reducción tributaria aprobada el viernes se extiende también a la parte del ahorro el IRPF. El Gobierno rebajó los tipos sobre las ganancias patrimoniales por la venta de una vivienda o sobre los beneficios derivados de un fondo de inversión o de un depósito. La reforma fiscal que entró en vigor en enero estableció que los primeros 6.000 euros de plusvalía tributarían al 20% este año y al 19% el siguiente. Ahora, Hacienda establecerá un gravamen intermedio para 2015 que será del 19,5%. Lo mismo sucederá para el resto de tramos. Así, entre 6.000 y 50.000 euros, el tipo para 2015 bajará del 22% al 21,5%. A partir de ese umbral, se tributará al 23,5% frente al 24% vigente hasta ahora.

A su vez, la retención aplicada a los rendimientos por arrendamientos o subarrendamientos de bienes inmuebles urbanos pasa a ser desde el día 12 de Julio de 2015 un 19,5 % y para el año 2016 se ha fijado en un 19%.

Nueva tarifa IRPF

La nueva estructura del IRPF contempla que el tipo mínimo del impuesto baje del 20% al 19,5%. Y, el máximo, se reduce del 47% al 46%. En los tramos intermedios, la reducción también se mueve entre medio punto y un punto. Los trabajadores percibirán la rebaja fiscal que acaba de anunciar el Gobierno desde la próxima nómina de julio o agosto. Por tramos, los tipos del IRPF bajaron  para los primeros 12.450 euros de ingresos desde el 20% hasta el 19%; en los rendimientos que van desde los 12.450 euros y los 20.200 euros, caen del 25% al 24%; entre los  20.200 euros y los 35.200 euros, desde el 31% al 30%; desde los 35.200 euros hasta los 60.000 del 39% al 37% mientras que en los ingresos superiores a este umbral, van del 47% al 45%.

Las empresas deberán recalcular la retención que le corresponde a cada trabajador con la nueva tarifa y, teniendo en cuenta lo ya abonado entre enero y junio, fijar los nuevos tipos. En el siguiente enlace de la Agencia Tributaria  podrán acceder a una tabla en la que se recogen los distintos tipos de retención que resultarán de aplicación en el Impuesto sobre la Renta.

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