Asesor declaración de la renta Granada: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores
Todo propietario tiene la obligación de declarar en el IRPF el alquiler que cobra. A pesar de ello, todavía son muchas las personas que no lo hacen pensando que es mejor no declarar los ingresos generados por las rentas, lo que puede acarrear graves consecuencias si Hacienda detecta el engaño.
Además, declarar el alquiler supone numerosas ventajas fiscales que en muchos casos se desconocen. Arrendar una vivienda permite deducir los intereses de la hipoteca, así como los gastos de comunidad y conservación, entre otros. Por ello, desde OYA Abogados & Asesores dedicamos nuestro artículo de hoy a determinar aquellos gastos deducibles de las rentas de un alquiler.
Gastos deducibles de aquiler en la Renta
– Los intereses del préstamo hipotecario ya pagados y utilizados para la compra o mejora de la vivienda.
– Intereses y gastos de financiación de los enseres cedidos con la vivienda (mobiliario, calderas, etc).
– Impuestos y tasas estatales que repercutan sobre la vivienda. Aquí se incluyen el IBI, las tasa por limpieza, recogida de basuras o alumbrado y los gastos de comunidad. Se podrán incluir también los retardos, pero no así las sanciones.
– Gastos por la formalización del arrendamiento. Es decir, lo que te cueste la agencia inmobiliaria.
– Gastos por la defensa de carácter jurídico de la vivienda y su rendimiento.
– Gastos de conservación y reparación.
– Gastos de servicios y suministros.
– Gastos de administración, vigilancia, portería y otros servicios relacionados con la finca.
– La amortización del inmueble y los bienes que contenga (cerca del 3% del valor de construcción por el desgaste del mismo).
– Las primas de contratos de seguro de la vivienda.
– Reducción del 60% del rendimiento en alquileres de viviendas habituales.
– Deducción del 30% para rendimientos netos de más de dos años.
Tal y como os señalamos, las ventajas fiscales que se pueden obtener al declarar las rentas de alquiler suponen un beneficio considerable. Recuerda que la Campaña de la Renta comienza el próximo miércoles día 6 de abril. Si necesitas asesoramiento en tu declaración, no lo dudes, llámanos al 958 094 400.
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