Si desde la anterior declaración su situación familiar ha cambiado por el nacimiento o adopción de un hijo, esta nueva condición del contribuyente tiene efectos fiscales.

Hoy en Oya Abogados & Asesores queremos hablarles de los factores a tener en cuenta a la hora de hacer la declaración de la renta si se han tenidos hijos en el 2014:

–> Deducción por maternidad:
La deducción por maternidad por hijos menores de 3 años alcanza hasta los 1.200 euros anuales por cada hijo nacido o adoptado en territorio español. Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma.
Se podrán beneficiar de la deducción por maternidad las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.

–> Deducción por nacimiento:
Aunque la deducción por nacimiento o adopción no forma parte de las deducciones del IRPF a nivel estatal, las Comunidades Autónomas sí aplican sus propias deducciones según las circunstancias familiares y los ingresos de la misma.

–> Mínimo personal y familiar:
Con cada hijo que se tenga menor de 25 años se suma una cantidad al mínimo personal. Este se reparte a partes iguales entre los padres con los que conviva. Si el hijo vive solo con un progenitor, se tendrá en cuenta quién tiene la custodia y si paga o recibe pensión.

Para más información o para que valoremos, según su caso, cuánto puede desgravarse en esta declaración de la renta no dude llamarnos al 958 094 400

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.