Si desde la anterior declaración su situación familiar ha cambiado por el nacimiento o adopción de un hijo, esta nueva condición del contribuyente tiene efectos fiscales.
Hoy en Oya Abogados & Asesores queremos hablarles de los factores a tener en cuenta a la hora de hacer la declaración de la renta si se han tenidos hijos en el 2014:
–> Deducción por maternidad:
La deducción por maternidad por hijos menores de 3 años alcanza hasta los 1.200 euros anuales por cada hijo nacido o adoptado en territorio español. Los contribuyentes del IRPF con derecho a esta deducción pueden solicitar el abono anticipado de la misma.
Se podrán beneficiar de la deducción por maternidad las mujeres con hijos menores de 3 años, que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad.
–> Deducción por nacimiento:
Aunque la deducción por nacimiento o adopción no forma parte de las deducciones del IRPF a nivel estatal, las Comunidades Autónomas sí aplican sus propias deducciones según las circunstancias familiares y los ingresos de la misma.
–> Mínimo personal y familiar:
Con cada hijo que se tenga menor de 25 años se suma una cantidad al mínimo personal. Este se reparte a partes iguales entre los padres con los que conviva. Si el hijo vive solo con un progenitor, se tendrá en cuenta quién tiene la custodia y si paga o recibe pensión.
Para más información o para que valoremos, según su caso, cuánto puede desgravarse en esta declaración de la renta no dude llamarnos al 958 094 400