Nuevas medidas sobre la moratoria de los créditos: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores

El artículo 13.3 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 preveía el reconocimiento de la aplicación de la suspensión de la deuda hipotecaria durante el plazo de tres meses. Pues bien, el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo ha venido a establecer que dicho reconocimiento no estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 5/2019, de 15 de marzo, de crédito inmobiliario. En este sentido, se establece que será obligación unilateral de la entidad acreedora la elevación a escritura pública del reconocimiento de la suspensión por la citada entidad, a los efectos de que pueda procederse a la inscripción de la ampliación del plazo inicial en el Registro de la Propiedad.

En relación la suspensión de las obligaciones contractuales en los créditos o préstamos sin garantía hipotecaria prevista en el artículo 24.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, el nuevo Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril establece que será obligación unilateral de la entidad acreedora promover la formalización de la póliza o escritura pública en la que se documente el reconocimiento de la suspensión de las obligaciones contractuales en los créditos o préstamos sin garantía hipotecaria prevista en el artículo 24.2 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19 y, la inscripción, en su caso, en el Registro de Bienes Muebles, siempre que el crédito o préstamo estuviera garantizado mediante algún derecho inscribible distinto de la hipoteca o hubiera accedido al Registro.

Estas medidas serán de aplicación aun cuando la solicitud del acreedor o incluso su aceptación por la entidad acreedora se hubieran producido con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.


Devolución de la cuota de autónomos del mes de marzo
Medida de apoyo a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas
Ampliación de los plazos para recurrir tras la publicación del Real Decreto-Ley 11/2020, del 31 de marzo

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