Nuevo artículo de Oya Abogados & Asesores sobre Cláusula Suelo
A partir del próximo mes de octubre las demandas por la eliminación y devolución de las cantidades indebidamente cobradas por los bancos en las hipotecas por las cláusulas suelo pasarán a ser competencia de los Juzgados de Primera Instancia (civiles) y dejarán la jurisdicción Mercantil.
La modificación, que está incluida en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), hará que la tramitación de este tipo de procesos sea más rápida, ya que el tiempo de espera que presentan los Juzgados de Primera Instancia es mucho menor que la demora habitual que tienen los Juzgados Mercantiles.
Los procesos de este tipo tenían una demora de unos tres años hasta que se conseguía una sentencia. Ahora, con la presente reforma este tiempo se reducirá a seis u ocho meses como máximo.
Se trata por tanto de una noticia muy positiva para aquellos particulares que tengan la intención de reclamar la devolución de estas cláusulas a sus entidades bancarias. No obstante, las demandas colectivas por cláusula suelo seguirán siendo competencia de la jurisdicción mercantil, ya que este tipo de procesos requiere de una mayor especialización y se dan de forma menos habitual.
Si necesita asesoramiento de este tipo, no dude ponerse en contacto con nuestro equipo de abogados especializados llamando al 958 094 400.