Asesor Granada Declaración de la Renta: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores

Nuestra compañera María José Vallejo Mingorance, Técnico Superior Contable, nos habla de las principales deducciones a tener en cuenta para obtener un resultado más positivo en tu declaración de la Renta de 2015.


¿Qué deducciones hay que tener en cuenta para la Declaración de la Renta?

Deducción por inversión en vivienda habitual

Esta deducción quedó eliminada para contribuyentes que compraron casa después del 1 de enero de 2013, pero se sigue aplicando para quienes la adquirieron antes y siguen satisfaciendo préstamos hipotecarios.

Retribuciones en especie

Estas retribuciones son muy interesantes  para aquellos trabajadores que hayan percibido remuneraciones por distintas vías. Hay que tener en cuenta que las cantidades satisfechas por la empresa en concepto de gastos no tributan, así como tampoco los cursos de formación en nuevas tecnologías.

Intereses de cuentas y depósitos

Este tipo de deducciones son las más comunes. Es necesario comprobar los intereses de las cuentas corrientes y depósitos en bancos y cajas de ahorros que tenemos para aplicar las retenciones correspondientes. El porcentaje que se aplica es del 20%, pasando al 19,5% en julio.

Gastos deducibles

Como por ejemplo, los gastos de gestión de carteras relativos a costes de mantenimiento y renovación, y las distintas comisiones que se han abonado, tanto en productos de ahorro como en los de operaciones bursátiles.

Reinversión de la ganancia patrimonial

Las personas que vendieron su vivienda habitual el pasado año pueden beneficiarse de una exención siempre y cuando inviertan el importe en la compra de otra vivienda que vaya a ser la habitual.

Compensación de pérdidas y ganancias

Se pueden compensar las ganancias con las pérdidas patrimoniales con un límite. Todas estas cantidades se pueden consignar como renta general o renta del ahorro en la Declaración de la Renta.

Sistemas de previsión social

Son  las aportaciones para cónyuges a sistemas de previsión social, incluyendo planes de pensiones y planes de previsión asegurados. En estos caso el beneficio fiscal queda limitado a los primeros 2.500 euros.

Aportaciones para cónyuges

En los casos en los que se haya producido un divorcio o separación y existe una obligación de pasar una manutención al cónyuge, aquí deben incluirse las cantidades aportadas, que se reducen de la base general del pagador.


¿Aún no has hecho la Declaración de la Renta? No lo dejes para última hora. Llámanos al 958 094 400 y nuestros asesores te ayudarán con la gestión, calculando todas las deducciones a las que puedes acogerte para conseguir que el cálculo fiscal resultante te sea lo más beneficio posible.

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