Modificación de la declaración de la Renta: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores
En la entrevista de hoy, nuestra compañera Beatriz Ortega del departamento fiscal, nos explica los pasos a seguir para modificar una Renta ya presentada así como qué significa tener mas de un pagador y cómo afecta esto en nuestra declaración de la Renta.
¿Se puede cambiar una declaración de la Renta ya presentada?
Si se puede modificar, siempre y cuando estemos dentro del periodo de presentación de la declaración de la Renta.
Si el error le ha perjudicado al contribuyente, se solicita la rectificación a través de la web de la Agencia Tributaria donde existe un apartado específico. También puede modificarse mediante un escrito a la Delegación de la Agencia Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal. Si por el contrario el error perjudica a la Agencia Tributaria (se ha ingresado de menos o devuelto de más de lo que correspondía) se tiene que presentar una declaración complementaria a la originalmente presentada.
Si nos damos cuenta cuando el plazo ya ha finalizado habrá que pagar un recargo. Este recargo irá en aumento (5% al 20%) dependiendo de cuando se presente siempre que estas declaraciones complementarias hayan sido realizadas de maneranvoluntaria por el contribuyente.
En caso de que sea Hacienda quien detecte el fallo, aplicará una sanción de entre el 50% y el 150% de la cuantía no pagada correctamente, en función de la gravedad que del error, además de los intereses de demora.
¿Cómo afecta a mi declaración haber tenido mas de un pagador?
Cuando hay mas de un pagador, Hacienda establece los siguientes límites:
-Si del primer pagador has recibido más de 12.643€ y del segundo has recibido más de 1500€ se tiene que presentar la Renta. Si del segundo pagador se recibe menos de 1500€ no está obligado a presentarla.
-Si del primer pagador no supera los 12.643€ no hay obligación de presentar la Renta aunque el segundo pagador te haya ingresado más de 1500€. Siempre y cuando el total de los ingresos no superen los 12.643€.
-Si entre todos los pagadores superan los 22000€, si hay obligación de presentar la Renta, independientemente de los ingresos del segundo pagador.
¿Quién es el primer pagador? ¿Y el segundo?
El primer pagador es del que has obtenido mayor ingreso, no debemos de tener en cuenta la fecha en la que los hemos recibido. En el caso de tener más de 2 o mas pagadores, la cuantía del segundo pagador será la suma de todos los demás ingresos. Tenemos que tener en cuenta que la prestación por desempleo se incluye como un pagador más.
Si sigues teniendo dudas, contacta con nosotros en el teléfono 958.094.400 o visítanos en nuestras oficinas de Camino de Ronda 133. ¡Estamos para ayudarte!
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