«Cheque guardería»: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores
¿Qué es el cheque guardería? ¿Qué requisitos debo cumplir para poder beneficiarme de el? ¿Cómo recibiré la cuantía? ¿Qué ocurre si mi hijo cumple 3 años durante el curso?
En la entrevista de hoy, nuestro compañero José Carlos Heredia nos resuelve todas las cuestiones sobre el “Cheque Guardería”
El cheque guardería es una mejora de la deducción por maternidad, si tienes un hijo menor de 3 años escolarizado en una guardería o centros de educación infantil autorizados por la Junta de Andalucía puedes solicitar esta ayuda económica.
Se trata de un impuesto negativo no anticipable, es decir, no es posible su percepción anticipada, el importe de la deducción es de 83,33€ por mes, siendo el importe máximo del cheque guardería de 1.000 euros anuales siempre y cuando se cumplan los requisitos. Esta ayuda está destinada a satisfacer en el periodo impositivo de escolarización los gastos de custodia del hijo menor de 3 años y será descontado de nuestra declaración de la Renta.
Si mi hijo cumple tres años en mitad del curso puedo seguir ampliando esta deducción hasta el mes anterior a aquel en el que pueda comenzar la segunda etapa del ciclo de educación infantil.
Si sigues teniendo dudas, contacta con nosotros en el teléfono 958.094.400 o visítanos en nuestras oficinas de Camino de Ronda 133. ¡Estamos para ayudarte!
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