Asesores para autónomos Granada: Nuevo artículo de OYA Abogados & Asesores

¿Eres autónomo y la fiscalidad de tu negocio te trae de cabeza? Hoy hablamos de los principales impuestos a tener en cuenta para ayudarte a cumplir con tus obligaciones tributarias.


Una de las mayores preocupaciones de los trabajadores autónomos son tener controlada la fiscalidad y la tributación de su negocio, por ello, conocer los principales impuestos que se deben presentar te evitará llevarte sorpresas inesperadas.

Todo profesional autónomo está obligado a pagar dos tipos de impuestos, el IRPF y el IVA, así como presentar periódicamente las declaraciones correspondientes.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Este impuesto grava las rentas obtenidas por el profesional. De este modo, trimestralmente el autónomo irá pagando una cuantía y luego, de forma anual, presentará la declaración de la renta (Modelo 100).

Para cumplir con esta obligación el autónomo podrá elegir entre el Régimen de Estimación Directa Simplificada, el Régimen de Estimación Directa Normal y el Régimen de Estimación Objetiva o también llamado por Módulos, dependiendo de su actividad.  Pero, ¿cuál es el sistema que debo seguir?:

Solo podrán tributar por el régimen de módulos aquellos autónomos que cumplan con una serie de requisitos según su actividad empresarial y se encuentren dentro de los condicionantes regulados en la Orden Ministerial que cada año sale publicada al respecto.

Con el régimen en módulos el autónomo pagará una cuota trimestral fija que se calcula en base a distintos parámetros como el tamaño del establecimiento o el personal contratado.

Por su parte, la estimación directa es una cuota variable que dependerá del resultado de su actividad y de los ingresos que se generen.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Este impuesto grava el consumo por lo que afecta a todos los consumidores finales. En el caso que nos ocupa, el autónomo actúa como intermediario entre Hacienda y el consumidor final, por lo que deberá pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA que hayan repercutido y cobrado a sus clientes y el que haya soportado por sus compras a sus proveedores.

Como autónomo se está obligado a presentar declaraciones trimestrales y anuales del IVA. Cada tres meses deberá presentar la declaración trimestral del IVA (Modelo 303) y una vez al año, el resumen anual.

Esta cantidad a pagar es la diferencia entre el IVA que debes incluir en tus facturas de venta  según su actividad y el IVA deducible soportado en las facturas de los gatos e inversiones que necesitas para realizar su actividad.

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