Recientemente ha salido publicada una sentencia del Tribunal Constitucional en la que se declara inconstitucional el impuesto de sucesiones, siguiendo la misma línea en que se pronunció el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE) en septiembre del año pasado.
El Tribunal declara la inconstitucionalidad y nulidad de excluir de la bonificación del 99% en la cuota tributaria prevista para las adquisiciones mortis causa por parientes del causante que no tuvieran su residencia habitual en esa comunidad a la fecha del devengo del impuesto.
Aunque la sentencia hace colación a un artículo previsto en la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, la sentencia tiene repercusión y transcendencia en todo el estado, ya que se trata de una medida que puede servir para sustentar posibles reclamaciones de ingresos indebidos para aquellos contribuyentes que han pagado el impuesto en los 4 años anteriores a la sentencia y no han podido beneficiarse de la bonificaciones.
En Oya Abogados & Asesores contamos con un equipo de asesores expertos en esta materia que podrán aconsejarle qué medidas llevar a cabo para defender sus intereses y gestionar el proceso de sucesión de manera rápida y eficaz.