Creación de Empresas en Granada: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores
¿Estás pensando crear un nuevo negocio tras el verano? En septiembre, tras el periodo estival son muchos los emprendedores que se lanzan a dar forma a sus nuevos proyectos empresariales y con ellos, las dudas que ello conlleva en todo el proceso: ¿Qué me conviene más, darme de alta como un empresario individual autónomo o crear una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SL)? En nuestro artículo de hoy hablaremos sobre las ventajas e inconvenientes de la primera opción, así como el procedimiento para ello.
De forma general, las vías más habituales a la hora de emprender es hacerse autónomo o constituir una SL. Por ello, desde OYA Abogados & Asesores queremos ayudarte en tu decisión, indicándote en ambos casos el procedimiento a seguir, y las ventajas e inconvenientes que una y otra modalidad te puede aportar. Hoy empezamos analizando el alta como autónomo, viendo las obligaciones fiscales y legales que ello supone.
Los trámites necesarios para darte de alta en esta categoría son los más sencillos y rápidos de realizar si quieres ejercer una actividad económica por cuenta propia. Aun así, suponen una cierta carga de trabajo administrativo que puede hacerte cuesta arriba el trámite si no estás familiarizado con el mismo.
¿Cuáles son los pasos iniciales para hacerse autónomo?
a) Alta en Hacienda: Hay que presentar la declaración censal. Se notificarán tus datos personales, la actividad a la que te vas a dedicar, la ubicación de tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar.
b) Alta en la Seguridad Social: En el plazo de 30 días desde que se realice el alta en Hacienda se realizará el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para ello se presentará en alguna de las oficinas de la Seguridad Social el modelo de solicitud junto con fotocopia del DNI o equivalente, así como fotocopia del alta en Hacienda.
En el momento de la realización del alta se definirá tu base de cotización y las coberturas por las que cotizarás.
¿Qué ventajas supone ser autónomo?
- No se requiere un proceso previo de constitución.
- Se trata del modo más económico y rápido para dar de alta un nuevo negocio.
- El autónomo tendrá el control total de su empresa, así como la responsabilidad de su gestión.
- Puedes beneficiarte de la tarifa plana de Autónomos. Con lo que solo te costará 50 euros al mes durante los seis primeros meses estar dado de alta en este régimen.
¿Con qué inconvenientes nos podemos encontrar al ser autónomos?
- Hay que tener en cuenta que siendo autónomo no existe diferencia entre el patrimonio empresarial y el personal, por lo que en caso de deudas, se responderá con tus bienes para el pago a terceros. De hecho, si el autónomo está casado en régimen de gananciales, incluso puede verse afectado el patrimonio del cónyuge.
- Como autónomos, no se podrá contratar a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. Estos parientes también deberán darse de alta como autónomos para trabajar en tu empresa.
- Si los beneficios de la empresa son muy altos, el autónomo puede llegar a pagar a Hacienda hasta el 45% de sus ingresos. Por ello, siempre será muy positivo el contar con un buen asesor que ajuste al máximo tus obligaciones fiscales y que te indique cuál puede ser un buen momento para dar el salto y constituir una SL, reduciendo de este modo éste porcentaje tan elevado de pago a Hacienda.
Recuerda que en OYA Abogados & Asesores contamos con profesionales especializados en la constitución de este tipo de modalidades empresariales que te ayudarán con todo el trámite, asesorándote en cada momento y facilitándote la documentación y formularios requeridos por las administraciones. Consúltanos sin compromiso sobre tu proyecto. Llámanos al 958 094 400 o visítanos en nuestras instalaciones de Camino de Ronda número 133.
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