La convocatoria para solicitar la Subvención Ticcámaras 2019 de la Cámara de Comercio de Granada se abre el próximo 15 de mayo.
La Cámara de Comercio de Granada (a excepción de Motril) ha publicado una ayuda (Subvención Ticcámaras) dirigida a la digitalización de las empresas, que puede estar compuesta por la implantación de aplicaciones informáticas especificas, derechos de uso de soluciones en la nube, hardware específico (puede incluirse algún equipo de forma excepcional), servicio de consultoría, solución de conectividad en banda ancha, etc.
El programa está compuesto por dos fases:
– Fase I: Diagnóstico Asistido de TIC.
Consiste en la realización de un análisis exhaustivo del nivel de digitalización de la empresa que permite identificar sus necesidades tecnológicas.
El diagnóstico es totalmente gratuito para la empresa y el importe máximo financiable es de 1.200 euros.
– Fase II: Plan Personalizado e Implantación.
• Implantación: proveedores externos de la Cámara de Comercio, realizan la implantación derivada de la diagnosis. Supone una inversión mínima para la empresa. Será variable en cada caso, estimándose un máximo de 7.000 euros.
• Seguimiento de la implantación: se realizará un seguimiento del ritmo de ejecución y de la adecuación de los proyectos de implantación. Este seguimiento no tiene coste para la empresa. El importe máximo subvencionable será de 480 euros.
Todos los gastos e inversiones deberán iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención.
¿Qué requisitos se deben cumplir para poder solicitar la subvención TicCámaras?
– Ser una pyme o autónomo.
– Estar dada de alta en el Censo IAE (excepto empresas del sector de la pesca, acuicultura, carbón y producción primaria de productos agrícolas).
– No encontrarse incursa en prohibiciones para recibir subvenciones.
– Tener su domicilio social y/o centro productivo en municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Granada.
– Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
– Cumplir la norma de minimis (no haber recibido ayudas superiores a los 200.000 euros en los tres años anteriores o a los 100.000 euros en el caso de empresas de transporte).
– Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.
Las ayudas se concederán por orden de entrada, pudiendo realizar la presentación a partir de las 09:00 horas del día 15 de mayo de 2019 y hasta el día 28 de junio de 2019 a las 14:00 horas, salvo que se haya agotado antes la disponibilidad presupuestaria.
Se puede presentar presencialmente ante el Registro de la Cámara de Comercio de Granada (horario de 9 a 14 h, de lunes a viernes) o a través de la sede electrónica.
Las solicitudes se considerarán presentadas en la fecha y hora de entrada en el registro correspondiente, según la vía de presentación utilizada.
La Solicitud tiene que ir acompañada de la siguiente documentación:
• Declaración responsable del cumplimiento de las condiciones de participación.
• Si la solicitud la realiza una persona física, copia del DNI del solicitante.
• Si la solicitud la realiza una persona jurídica, DNI del firmante de la solicitud, su poder de representación y tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa.
• Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al día en sus obligaciones (haciendo mención a la Ley de subvenciones).
• Certificado de la Seguridad Social de estar al día en sus obligaciones (haciendo mención a la Ley de subvenciones).
En caso de resultar beneficiario de la ayuda se deberá justificar documentalmente el pago de las facturas emitidas por las empresas proveedoras durante la Fase de Implantación ante la CÁMARA en tiempo y forma.
En OYA Abogados & Asesores contamos con asesores especializados en subvenciones que te ayudarán a cumplir con los requisitos establecidos y adecuarte, sin ningún tipo de problema, a los requisitos de la misma. Llámanos al 958 094 400 o visítanos en nuestras oficinas de Camino de Ronda número 133.
También puede interesarte:
Nueva obligación de registro de jornada diario para los trabajadores