Nuevo artículo de Oya Abogados & Asesores sobre Subvenciones
Hasta el próximo 15 de octubre o fecha en la que se agote la disponibilidad presupuestaria se podrán solicitar las ayudas publicadas destinadas a fomentar la creación de empleo y el desarrollo de nuevas iniciativas empresariales dentro del Programa Local de Apoyo al Empleo.
Con este programa se van a ofrecer ayudas de 1.550 euros por cada contrato que se formalice con trabajadores que se encuentren en situación de desempleo, y la misma cuantía recibirán aquellos emprendedores que inicien su proyecto empresarial dentro de las bases de esta convocatoria de ayudas.
– Ayudas para contrataciones laborales:
Deberán ser contratos a jornada completa con una duración de al menos 6 meses y este período obligatorio deberá finalizar, como máximo, el 15 de abril de 2016.
Sólo serán subvencionables las nuevas contrataciones por lo que no recibirán ayuda los contratos con personas que ya hubieran tenido alguna relación laboral con esa empresa en los seis meses anteriores.
Los requisitos generales que deberán cumplir los beneficiarios serán:
- Que se trate de entidades de los sectores de industria, construcción, turismo, comercio o servicios.
- La empresa deberá estar ubicada en la provincia de Granada.
- Que se esté al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Cumplir con la norma de minimis.
– Ayudas para emprendedores:
Serán aceptadas todas las formas jurídicas. En el caso del trabajador autónomo, deberá encontrarse dado de alta en el momento de solicitar la ayuda.
Al igual que en los plazos mínimos que se señalaban para las nuevas contrataciones, el mantenimiento del proyecto empresarial del emprendedor deberá ser como mínimo de seis meses, desde la escritura de constitución en el caso de ser sociedades, y para autónomos, desde que se dé de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores de la Seguridad Social).
Asimismo, la entrada en vigor del proyecto empresarial no podrá ser anterior a la fecha de la publicación de esta convocatoria.
Como requisito para los emprendedores que quieran beneficiarse de esta ayuda, será necesario que estos emprendedores hayan iniciado su actividad empresarial tras su participación en el Programa Local de Apoyo al Empleo.
De forma general, estas subvenciones serán incompatibles con otras concedidas para el mismo proyecto o actuación subvencionable por entidades u organismos de cualquier administración nacional, autonómica, organismo internacional o de la Unión Europea.