Asesores compatibilizar prestación con empleo: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores
¿Puedo compatibilizar prestación con un empleo? ¿si estoy cobrando el paro puedo darme de alta como autónomo? Hoy nuestra compañera Purificación Armenteros del Departamento Laboral de OYA Abogados & Asesores nos resuelve las principales dudas sobre la compatibilidad de disfrutar de una prestación por desempleo y estar empleado.
En OYA Abogados & Asesores contamos con un equipo de asesores especializados en materia Laboral, encargados de toda la gestión de nóminas, seguros sociales, despidos, indemnizaciones, prestaciones, así como auditorias laborales para empresas. Nuestros compañeros han recibido numerosas consultas sobre en qué casos es posible compatibilizar una ayuda con la posibilidad de empezar a trabajar, ya sea a media jornada o dándose de alta como autónomo. Por eso, hoy nuestra compañera Purificación Armenteros nos resuelve las principales situaciones con las que nos hemos encontrado entre nuestros clientes.
Estoy trabajando a jornada completa y me reducen la jornada
En este caso, no se podrá solicitar la prestación por desempleo. Es indiferente que la reducción de la jornada sea por cuidado de un menor, por una decisión de la empresa o porque lo ha solicitado el trabajador.
El único caso en el que se podrá cobrar la prestación por desempleo es si la reducción de jornada tiene como causa un ERTE, es decir, un Expediente de Regulación de Empleo de manera Temporal en la que la empresa reduce la jornada de trabajo.
Ahora bien, en este caso, se podrá solicitar la prestación en el mismo porcentaje que se reduce el sueldo. Por ejemplo, si el ERTE reduce nuestra jornada un 25%, sólo podremos pedir el 25% del desempleo al que habrá que aplicar la reducción propia del 70% de la jornada de trabajo, por lo que, a pesar de solicitar el paro, cobraremos algo menos. Además, a pesar de solicitar el 25%, gastaremos el paro en cuanto a tiempo como si se pidiera al 100%.
Estoy cobrando el paro y he encontrado un empleo
Sólo podrás compatibilizar el paro si el trabajo es a jornada parcial. Es decir, que si el trabajo es a jornada completa no se podrá compatibilizar el paro y un trabajo.
La cuantía de paro que podremos solicitar dependerá de la jornada parcial que vayamos a realizar. Si por ejemplo, estamos trabajando con una jornada parcial del 80%, podremos solicitar la prestación por un importe del 20%.
Si no sabemos qué jornada parcial estamos realizando, lo más sencillo es revisar el informe de vida laboral. En el mismo, se recoge el porcentaje de jornada por el cual estamos contratados.
Estoy cobrando el paro y quiero darme de alta de autónomo
Se puede compatibilizar el alta de trabajador por cuenta propia y seguir cobrando la prestación por desempleo por un máximo de 270 días, es decir, 9 meses.
Para solicitar la compatibilidad, se tiene que solicitar la prestación en un plazo de 15 días desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia. Si se nos pasa el plazo, ya no podremos solicitar la compatibilidad.
Otra opción es la solicitud de pago único para financiar la actividad que vas a comenzar, teniendo tres opciones para elegir:
a) Abono en un pago único del valor actual del importe de la prestación contributiva
b) Subvención de las cuotas de cotización de la seguridad social
c) Abono del importe de la prestación contributiva y subvención del importe de las cuotas de cotización a la Seguridad.
Tengo dos trabajos y puede que me despidan en uno de ellos
En caso de que se tengan dos trabajos y se pierda uno de ellos, podremos solicitar la prestación por desempleo para compatibilizar el trabajo y la prestación siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
a) La causa de extinción de la relación laboral no puede ser baja voluntaria ni renunciar a la prórroga de un contrato temporal. Normalmente, la causa de la baja será un fin de contrato temporal notificado por la empresa o despido, con indiferencia de la causa del despido o de que el trabajador demande o no.
b) El trabajo que mantenga no puede ser a jornada completa.De hecho la cuantía de la prestación dependerá del porcentaje de trabajo que realicemos. Por ejemplo, si seguimos trabajando en una jornada al 50%, podremos pedir el 50% de la prestación, pero si por ejemplo, el trabajo que mantenemos es al 90% sólo podremos pedir el 10% de la prestación por desempleo.
Estoy cobrando un subsidio y me ofrecen un trabajo a tiempo parcial
En estos casos el interesado podrá optar por:
a) Quiero seguir cobrando el subsidio, pero reducido en función de las horas que voy a poder trabajar: En este caso, el subsidio se reduce en la parte proporcional a las horas trabajadas y cuando el contrato a tiempo parcial finalice, se vuelve a cobrar el 100% del subsidio, es decir, 426 euros.
Es importante recalcar que para compatibilizar el subsidio por desempleo y el trabajo a tiempo parcial, es obligatorio que no se supere el límite de rentas de 530,78 euros/mes. Es decir, que la nómina mensual no supere los 530.37 euros.
b) Quiero que dejen de pagarme el subsidio mientras dura el contrato a tiempo parcial y luego poder seguir cobrando el subsidio: Si el contrato a tiempo parcial ha durado más de un año y se pidió detener el cobro del subsidio, al finalizar el contrato se debe solicitar una nueva prestación por desempleo, ya que se ha cotizado durante el tiempo suficiente
Si por el contrario, el contrato ha durado menos de un año, al terminarse, se podrá solicitar la reanudación del cobro del subsidio, salvo en el caso de que, sumando la cotización acumulada durante el contrato a tiempo parcial con otras anteriores no utilizadas se pueda acumular un año, en cuyo caso, se solicita una nueva prestación por desempleo.
¿Tienes alguna duda? Cuenta con nuestro equipo de asesores en materia Laboral, Fiscal y Jurídica. Llámanos sin compromiso al 958 094 400 o visítanos en nuestras oficinas de Camino de Ronda 133.
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