Compatibilidad de autónomo y prestación por desempleo: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores
¿Se puede compatibilizar la prestación por desempleo y el trabajo por cuenta propia?¿En qué ocasiones son incompatibles estos dos procesos?
En la entrevista de hoy, nuestra compañera Puri Armenteros, del departamento laboral nos resuelve todas las cuestiones relativas a la compatibilidad de ser autónomo y el desempleo.
¿Se puede compatibilizar la prestación por desempleo y el trabajo por cuenta propia?
Sí, será compatible en caso de estar percibiendo una prestación por desempleo pero no estarán incluidos los subsidios. Se podrá tramitar el alta de autónomo siempre y cuando el tiempo restante de prestación sea como máximo de 270 días o lo que es lo mismo 9 meses.
Esta compatibilización deberá de ser presentada durante los 15 días naturales siguientes al inicio de su actividad profesional, es decir, quince días naturales después desde que el autónomo se da de alta en Seguridad Social y en Hacienda.
¿En qué ocasiones es incompatible estos dos procesos?
El proceso será incompatible si se dan los siguientes casos:
-Si el autónomo tiene más de 9 meses de prestación.
-Si el alta como autónomo es destinada para la incorporación a una sociedad mercantil (Sociedad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad Colectiva y Sociedad comanditaria).
-Si el nuevo autónomo firma un contrato de prestación de servicios con la empresa en la que estuvo contratado en Régimen General antes de solicitar su prestación por desempleo: no debe existir ninguna vinculación con la empresa anterior.
-Si una vez gestionada el alta como autónomo en la Administraciones correspondientes realiza un trabajo por cuenta ajena tanto a tiempo parcial como a tiempo completo, se extinguirá la prestación por desempleo.
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