Asesores Calendario del Contribuyente: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores

Os recordamos que este miércoles 28 de febrero finaliza el plazo para  presentar los Modelos 347 y 184. Súmate a nuestra campaña #YoNoMeOlvido y que ningún plazo se te olvide con nuestro calendario del contribuyente.


Continuamos con nuestra campaña #YoNoMeOlvido. Un año más os iremos informando puntualmente de las fechas de presentación de los principales impuestos a través de nuestra página web y redes sociales, además de facilitaros de manera totalmente gratuita el calendario del contribuyente que OYA Abogados & Asesores ha diseñado especialmente para ti. Y tú, ¿aún no tienes el tuyo? Recuerda que puedes solicitar tu calendario de forma gratuita en nuestras instalaciones.

Desde OYA Abogados & Asesores trabajamos día a día para hacer más llevadera la carga de impuestos y de obligaciones de las empresas y profesionales que confían en nuestro trabajo, por eso y con el objetivo de esclarecer los principales plazos y las obligaciones fiscales de autónomos y pymes, hoy hablamos de los próximos modelos a presentar.

Esta semana finaliza el plazo para presentar los Modelos 347 y 184, ¿en qué consisten estos modelos y quién está obligado a presentarlos?

Modelo 347. Declaración anual de operaciones con terceras personas

Este modelo es una declaración informativa en la que se presentan las operaciones que se han realizado durante el año con otras empresas o profesionales. Estarán obligados a presentar este modelo todas aquellas empresas o autónomos que hayan realizado operaciones con terceros por importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural, computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.

En la declaración del Modelo 347 se desglosará la información sobre estas operaciones de forma trimestral. Y como os indicábamos, computándose de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.

De este modo, para cada trimestre, se indicará un importe de compras o ventas. Cabe la posibilidad que el importe de las operaciones trimestrales sea inferior a 3.005,06 euros.

El volumen de operaciones trimestral se contabilizará según los criterios de contabilización de la Ley del IVA. Como norma general, la fecha del devengo del impuesto será la fecha que debemos considerar para considerar un trimestre u otro.

¿Qué operaciones están incluidas?

Estarán incluidas en la presentación del Modelo 347 las siguientes operaciones, siempre que superen el importe de 3.005,06 euros que señalábamos anteriormente:

  • Entregas y adquisiciones de bienes, operaciones habituales o atípicas.
  • Prestación y adquisición de servicios, operaciones habituales o atípicas.
  • Subvenciones y ayudas no reembolsables.
  • Operaciones inmobiliarias.
  • Operaciones de entidades aseguradoras.
  • Anticipos de clientes y a proveedores (cuando se realice la operación se declarará el importe de la misma minorado en el importe del anticipo).

Modelo 184. Declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas

Se trata de un modelo que todas las entidades en régimen de atribución de rentas deben presentar sin importar que sean españolas o extranjeras, siempre que realicen actividad económica en España y sus rentas superen los 3.000 euros.

Por tanto, no estarán obligadas a presentar el Modelo 184 las entidades extranjeras que, aun estando en régimen de atribución de rentas, no desarrollen actividad económica en España, independiente del volumen de rentas que obtengan.


¿Buscas asesores para tu empresa? Cuenta en este 2018 con una asesoría que vele por tus intereses y que te ayude a impulsar tu negocio para alcanzar tus objetivos. Cuenta con un equipo de más de trece profesionales especializados en las áreas Fiscal, Laboral, Contable, Marketing y Jurídica. Llámanos al 958 094 400 y consúltanos tus dudas.

También puede interesarte:

¿Qué puedo hacer si no me han devuelto aún la Declaración de la Renta?

Año nuevo, proyecto nuevo con el #PackEmprendedor

¿Por qué contar con OYA Abogados & Asesores para tu empresa?

¿Necesitas un abogado en Granada?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.