Asesores para Novedades IVA: Nuevo Artículo de OYA Abogados & Asesores
Novedades en aplazamientos y fraccionamientos del pago de deudas
La Agencia Tributaria hace público a través de su página en Facebook una Instrucción sobre la gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago, actualizando nuevamente los criterios dados por el Real Decreto-ley 3/2016 mediante el que se limitaba el pago aplazado del IVA.
Tras la publicación de una primera nota en la que se daba lugar a múltiples lecturas, se ha decidido realizar la Instrucción 1/2017, de 18 de enero, de la Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria con la que arrojar algo de luz al trámite.
¿Qué implica esta nueva instrucción?
Existirá dos vías de solicitud, el sistema automatizado y el no automatizado, correspondiendo el primero para aquellas solicitudes de deuda cuyo importe global sea igual o inferior a 30.000 euros, mientras que el sistema no automatizado será para las solicitudes de aplazamiento de deuda que excedan de los 30.000 euros.
Se podrá conceder el aplazamiento siempre y cuando la pyme o el profesional autónomo que lo soliciten estén al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias, es decir, si no consta que tengan otras deudas en periodo ejecutivo respecto de las que no se haya solicitado aplazamiento o fraccionamiento del pago. En aquellos casos en los que la entidad no esté al corriente en los pagos, no se concederá el aplazamiento.
Asimismo, cabe destacar que en aquellos supuestos en los que se inadmita la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento en el pago de deuda, la Agencia Tributaria aplicará un recargo en la deuda a pagar de un 10%, además de señalar un plazo límite para efectuar el pago del total del importe.
Plazos máximos para los aplazamientos:
Con independencia del importe, y de la necesidad o no de presentar garantías, las pymes podrá solicitar un aplazamiento en el pago del IVA de hasta 6 meses, mientras que los profesionales autónomos podrán efectuar un aplazamiento máximo de 12 meses.
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